No está permitida la presentación en Papel.
La Sociedades deben realizar el Depósito de sus Cuentas Anuales en el Registro Mercantil de su provincia por Internet.
No es necesario firmar ante el Notario el ACTA de Certificación de la Junta de Aprobación de las Cuentas de la entidad. Pero se sigue firmando y enviando al Registro Mercantil.
Tenemos que preparar esta documentación y que no coincida con sus vacaciones.
Debe pasar por las oficinas de Ecodemp a firmar dicha Acta y les indicaremos qué personas deben hacerlo. Siempre firman los administradores.
AVISO IMPORTANTE
Según establece el art. 283 del RDL 1/2010 por el que se regula el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, la FALTA DE PRESENTACION DE LAS CUENTAS ANUALES O FUERA DE PLAZO, se sancionará con un mínimo de 600,00 € hasta 60.000,00 €. Ya hemos visto sanciones del ICAC por este motivo.
Esperamos quede enterado y ponga toda la diligencia por su parte para evitar estas sanciones.