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Artículo de Opinión

Tributación por módulos en épocas de crisis.

De todos es conocido que la tributación por Módulos ha resultado siempre interesante. La mayoría de los empresarios que pueden acogerse a ella la aceptan de buen grado, dado que supone una simplificación de sus obligaciones comerciales-fiscales, se “adapta” a su previsión de beneficios y las liquidaciones trimestrales son las mismas y no descuadran sus números.

Pero con la llegada de la crisis ya no es tan atractivo seguir tributando por esta modalidad que fiscalmente da igual que llueva, haga calor o frío. El módulo calcula un Rendimiento Neto por el que hay que tributar. Para Hacienda es una especie de “iguala” y puede, de esta manera, prever unos ingresos a priori.

Desgraciadamente ahora las cosas han cambiado y ya no es igual seguir tributando por un fijo, inamovible, sin atender a ningún tipo de circunstancia (excepto las legalmente establecidas) que tributar por lo que realmente rinde el negocio que es lo justo y lógico.

Desde el bar al pequeño comercio de barrio, todos los negocios están sufriendo la crisis, los clientes han desaparecido, la gente consume cada vez menos. Antes tomabas varias cañas y ahora te las tomas en casa. Del tema de la indumentaria no hablemos, se han desempolvado del armario viejos abrigos, zapatos,... Y de los asuntos del comer ... En cualquier supermercado, lo que predominan son las denominadas marcas blancas, son productos similares pero a precio más asequible. Y no existen perspectivas de que mejore la economía a corto/medio plazo.

La opción para tributar por lo que el negocio produce realmente, es la denominada Estimación Directa Simplificada. En realidad no supone mucho más esfuerzo para el empresario que lo que ya está realizando. ¿O es que no lleva control de sus facturas de gastos y de las cajas diarias y de sus cobros y pagos? La Directa Simplificada obliga a llevar ordenadas sus facturas y anotarlas en un Libro de Ingresos y otro de Gastos y tributar por la diferencia, simple y llanamente. Si tiene la suerte de ir ganando dinero, se tributa trimestralmente por un porcentaje del 20%. En cambio, si existen pérdidas o ya se ha pagado en otro trimestre con más bonanza, no se ingresa más que lo justo, o nada. Estamos hablando de pagos a cuenta del IRPF que después se regularizarán en renta.

Los empresarios en módulos que tienen que realizar liquidación trimestral por IVA (bares, cerrajeros, ...) ya tienen que llevar un control de las facturas de gastos para poder deducir el IVA soportado del IVA que resulta repercutido del Cálculo del Módulo. No supone mucho más esfuerzo pasar a la Directa Simplificada.

Al comercio minorista ya le han impuesto la obligación de declarar las facturas que emita anualmente y que superen con la misma persona o entidad la cifra de 3.005,06 €. Qué contradicción. El Módulo inicialmente exoneraba de todo tipo de obligaciones, ya no. Se han impuesto sanciones por este motivo.

Con el paso a Directa Simplificada el empresario podría verse agobiado por el papeleo. Pero en el fondo no es para tanto. Hay que evitar el conformismo del empresariado en módulos que no desarrolla un control sobre su negocio. Siempre le queda el recurso de acudir a un Asesor Fiscal con experiencia, titulación académica, en continua formación, o en otros casos en la propia Administración de Hacienda, con sus libros confeccionados, le realizan sus impresos trimestrales, o le indican como hacerlo uno mismo.

Sería conveniente realizar una Planificación Fiscal para 2013. Existen herramientas informáticas que calculan el Umbral de Rentabilidad, punto a partir del cual el negocio empieza a ser rentable, con bastante acierto. Las últimas noticias dicen que los módulos para el próximo año permanecen igual que en 2012 (a excepción de la adaptación a los nuevos tipos del IVA). Aparentemente parece una buena idea, pero se pierde poder adquisitivo al no actualizar el módulo (reducirlos) a las circunstancias actuales. Lo curioso es que para las actividades de agricultura y ganadería, siempre y a última hora, Hacienda “rebaja” los módulos.

No hay que olvidar que durante el mes de diciembre el empresario puede renunciar a módulos presentando el modelo 036 en la Agencia Tributaria. Para los indecisos y los de “ultima hora” existe la renuncia “tácita” que consiste en presentar el modelo 130 en lugar del 131 del IRPF antes del 20 de abril de 2013.

Lo que está claro es que en “épocas de crisis” la tributación por módulos ha perdido gran parte de su “encanto” y que existen opciones fiscales más justas y convenientes para este tipo de situación a las que el empresario puede acogerse, al menos hasta que “escampe el temporal”.

Jesús R. Blanco Torres

Ecodemp Asesoría Fiscal

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