MODELO 347 2013 - AVISO
Por este motivo, le agradeceríamos que si le van llegando cartas con esta información de sus clientes y/o proveedores, nos las remitan lo más rápidamente posible para cotejar con nuestros datos y en caso de no coincidir la cifra, encontrar las posibles soluciones y de esta manera, evitar futuras comprobaciones de Hacienda.
Si es Ud. quien mecaniza la contabilidad, deberá facilitarnos esta información, pero desglosada por trimestres. Si su programa contable no realiza esta gestión, tendrá que hacerlo manualmente.
CASO PRÁCTICO Y CONSECUENCIAS
Empresario que emite facturas de ingresos durante todos los meses del año pero que no declara trimestralmente en el IVA (modelo 303) ni tampoco en el de IRPF (modelo 130). Al final del año le entrega todas las facturas al asesor y es el 4º trimestre cuando liquida el impuesto.
Con este modelo 347, Hacienda conocerá que este empresario ha emitido facturas, dado que sus clientes las han declarado en su modelo 347 de forma trimestral.
Consecuencia: Hacienda le llamará para revisar su contabilidad, verá que tiene emitidas facturas de ingresos que no ha liquidado. Le hará una complementaria de los modelos 303 y 130 de cada trimestre, con resultado a ingresar (con toda seguridad) y en el 4º trimestre sucederá que el empresario habrá ingresado de más.
Todo esto supondrá unas sanciones del 100 % en las cuotas del IVA que no se hayan ingresado debidamente.