SANCIÓN POR NO
EXPEDIR FACTURAS
La Agencia Tributaria está imponiendo sanciones a empresas tipo bares, comercios, peluquerías, … por no expedir facturas (o tickets) y no entregarlas cuando se las solicitan mediante comprobación o inspección fiscal.
La obligación por expedir facturas o tickets existe desde siempre. El empresario por comodidad o por … no las emite. Esto conlleva una sanción mínima del 2% sobre el volumen de venta declarado. Es decir, si se ha declarado una cifra de ventas de un ejercicio de, por ejemplo, 50.000 €, la sanción por no entregar las facturas es de 1.000 €
A partir de ahora, aconsejamos se cumpla la norma y evitaremos sanciones innecesarias.
Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria
(Vigente hasta el 01 de Enero de 2017)
Artículo 201 - Infracción tributaria por incumplir obligaciones de facturación o documentación
La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del uno por ciento del importe del conjunto de las operaciones que hayan originado la infracción.
La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del dos por ciento del importe del conjunto de las operaciones que hayan originado la infracción. Cuando no sea posible conocer el importe de las operaciones a que se refiere la infracción, la sanción será de 300 euros por cada operación respecto de la que no se haya emitido o conservado la correspondiente factura o documento.
La sanción consistirá en multa pecuniaria proporcional del 75 por ciento del importe del conjunto de las operaciones que hayan originado la infracción.
La infracción prevista en este apartado será leve.
La sanción consistirá en multa pecuniaria fija de 150 euros por cada documento incorrectamente expedido o utilizado.