Los arrendamientos de los locales de negocio llevan IVA y Retención. Actualmente ambos tipos al 21%
El IVA se calcula sobre el Importe Neto del contrato. Por ejemplo: Si la Base es de 1.000 € al 21% de IVA resulta 210. Este IVA lo deduce o soporta el Arrendatario y lo repercute el arrendador que lo tiene que ingresar trimestralmente en Hacienda mediante el modelo 303 del IVA.
La retención también se calcula sobre el Importe Neto del contrato y no sobre el Neto + IVA. Por ejemplo: Si la Base es de 1.000 € al 21% de Retención resulta 210. Esta Retención la soporta el Arrendador (es un ingreso a cuenta de su declaración de renta, de la misma manera que se retiene al trabajador en su nómina) y el arrendatario es el que lo tiene que ingresar trimestralmente a Hacienda mediante el modelo 115. Al final del año hay que confeccionar el modelo 180 indicando importes totales y el nombre del arrendador. De esta manera Hacienda conoce lo que cobra el propietario del Local y está esperando que lo declare en Renta. Ya debería saber esta circunstancia del arrendador dado que se ha tenido que dar de Alta en Hacienda como tal.
En resumen: Del ejemplo expuesto, hay que pagar al arrendador la cantidad de 1.000 que resulta del Neto + IVA – Retención (1.000 + 210 – 210 = 1.000). El IVA lo ingresa el Arrendador y las retenciones el Arrendatario.
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