APLAZAMIENTO IVA 2017
El pasado 2 de diciembre se publico en el BOE el Real Decreto-ley 3/2016.
Entre otras medidas fiscales y sociales, se dice que a partir del
1 de enero de 2017 NO SE PUEDE APLAZAR EL IVA.
Deberá tenerlo en cuenta para la liquidación del 4º trimestre de 2016 que haremos en el mes de enero de 2017.
Como solución al problema busque ayuda en las entidades financieras que tengan productos para estas contingencias.
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