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SUBVENCIÓN DESTINADA A FINANCIAR LOS GASTOS POR ASISTENCIA JURÍDICO-LABORAL Y FISCAL-CONTABLE.

FOMENTO DEL INICIO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

 

SUBVENCIÓN DESTINADA A FINANCIAR LOS GASTOS POR

ASISTENCIA JURÍDICO-LABORAL Y FISCAL-CONTABLE

NECESARIOS PARA EL INICIO DE ACTIVIDADES EMPRESARIALES O PROFESIONALES

 

Apertura: 19/03/2013  Cierre : 31/12/2013.

 

Beneficiarios: Las personas que, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, inicien una actividad económica, empresarial o profesional, con ánimo de lucro, incluida en el campo de aplicación del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos. 

Se excluyen como beneficiarios de estas subvenciones los siguientes supuestos:

  • Cuando se trate de actividades agrícolas, ganaderas o forestales.
  • Cuando no se produzca creación real y efectiva de empleo.
  • Quienes en los doce meses anteriores a la fecha de alta en RETA o a la incorporación a un Colegio Profesional cuyo colectivo se haya integrado en el RETA, hubieren figurado en situación de alta en el RETA por cualquier actividad.

 

Ámbito: Regional.

 

Modo participación: Individual.

 

Sectores: Agroalimentario, Artesanía, Comercio, Construcción, Cultura y Comunicación, Energético, Enseñanza, Industria, Minería, Otros, Servicios, Turismo.

 

Finalidad: Subvención destinada a financiar los gastos facturados por profesionales a los nuevos emprendedores/ as, derivados de la asistencia jurídica-laboral, fiscal y contable prestada durante los doce meses siguientes al inicio de sus respectivas actividades profesionales o empresariales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como medida de fomento del inicio de la actividad empresarial y de creación de empleo por cuenta propia. 

Será requisito para que el gasto pueda ser objeto de subvención que se produzca desde su alta en el (RETA), siempre que ésta esté comprendida entre las fechas que se establezcan en la correspondiente orden de convocatoria, y durante los doce meses siguientes al inicio de su actividad.

 

Alcance: El importe de la subvención ascenderá al 100 % de los gastos subvencionables, IVA excluido, con un límite de 25 euros por mes facturado y 300 euros por la totalidad del período máximo de 12 meses.

 

Tipo de Ayuda: Estudios y planes / Asistencia técnica. 

Organismo gestor:

DIRECCION GENERAL DE EMPRESA Y ACTIVIDAD EMPRENDEDORA

Paseo de Roma, s/n       06800 Mérida    Telefono: 901 109 110

 

Normativa: DECRETO 27/2013, de 12 de marzo. DOE 53.

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