PENSIONES PERCIBIDAS DEL EXTRANJERO
La Agencia Tributaria presentó a finales del año pasado, una propuesta para que las personas que han recibido Pensiones del Extranjero (antiguos emigrantes) y que no las han imputado en las declaraciones de renta, regularicen su situación tributaria, sin sanciones ni intereses de demora.
El plazo para presentar estas declaraciones del IRPF (complementarias) finaliza el día 30 de junio de 2015. Si se tiene obligación y no se presenta, la AEAT le pondrá sanciones, recargos, multas e intereses de demora por este concepto.
Si ha recibido una carta de la Agencia Tributaria como perceptor de Pensiones del Extranjero y no presenta nuevas rentas, con toda seguridad, le pondrán sanciones y recargos, que con este sistema, puede evitar y de esta manera ahorrar.
Hay que presentar una declaración de IRPF por cada ejercicio que regularice. Si presentó declaración antes, será una complementaria.
Si el importe que resulta no puede ingresarse en este momento, se puede solicitar un aplazamiento y fraccionamiento del pago, siempre hasta el 30 de junio.
Una vez presentadas las nuevas declaraciones, hay enviar un formulario denominado G2299 específico para este trámite que permite identificar qué declaraciones presenta el contribuyente. Un único formulario para todas las nuevas declaraciones.
Si anteriormente ya se presentaron nuevas declaraciones y la Agencia Tributaria impuso sanciones y recargos, se puede solicitar en otro formulario denominado G9015 la condonación de dichas multas.
Puede ver más en este enlace de la AEAT:
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Pensiones_extranjeras_IRPF.shtml